T.J.U.E.: declara que la figura del contrato «fijo de obra» no es suficiente contra la temporalidad en la construcción.

El TJUE resuelve cuestión prejudicial e interpreta La cláusula 5, apartado 1, Directiva 1999/70/CE por el que se acuerda el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada y el art. 1.1 y art. 3.1 de la Directiva 2001/23/CE.   Concatenación de contratos de duración determinada en el sector de la construcción denominados fijos de…

Falsos Autónomos; consecuencias en el IRPF.

Incidencia del cambio de régimen en los rendimientos percibidos durante el período temporal al que se contrae la existencia de esa relación laboral.   La diferencia entre el trabajo por cuenta propia y ajena son evidentes y parecen estar claras. Pero en los últimos tiempos ha surgido un tipo de “contratación” que está completamente fuera de…