La Agencia Española de Protección de Datos se pronuncia en el Informe 17/2020 sobre la obligación de facilitar datos personales relativos a la salud del trabajador.
La situación de pandemia del Covid-19 ha obligado en múltiples ocasiones al empleador a tener que facilitar a los terceros (Mutuas, Autoridad Laboral, etc) datos protegidos y relativos a la salud de los trabajadores en plantilla.
Es una situación compleja donde colisionan, por un lado, el derecho del trabajador a su intimidad y su derecho a la protección de datos personales relativos a su estado de salud y, por otro lado, la obligación legal del empresario de recabarlos y facilitarlos a terceros en aras de la protección de la salud pública.
Pensemos en el trabajador que se niega a informar si presenta síntomas de contagio o si su IT procede de contagio del COVID-19 y la obligación que surge para el empleador de comunicarlo a las Autoridades Laborales y Sanitarias.
La AEPD ha disipado cualquier duda al respecto en su informe.
Puedes acceder al texto íntegro aqui;
proteccion, datos, covid, tratamiento, pandemia, empresario, contagios, ERTE, salud, empleador, privacidad, trabajador, abascal abogados, santander, cantabria, lopd, rgpd, abogado laboralista, torrelavega