El SEPE abonará un nuevo Subsidio Extraordinario Temporal para Empleados/as de Hogar.
Publicada la Resolución de 30 de abril de 2020 del SEPE por la que se regula el subsidio temporal extraordinario por la falta de actividad para trabajadores integrados en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General.
La emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19 ha tenido un impacto directo en la economía y en la sociedad, que junto a las medidas sanitarias de contención, ha derivado en una necesaria reducción de las relaciones sociales y laborales con el fin de mitigar la propagación del virus, restringiendo la movilidad y paralizando ciertas actividades.
El subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, de acuerdo con lo dispuesto en la Exposición de Motivos del citado Real Decreto-ley, protege la falta de actividad, la reducción de las horas trabajadas o la extinción del contrato como consecuencia del COVID-19. La cuantía del subsidio dependerá de la retribución percibida con anterioridad, así como de la reducción de actividad que se sufra, exigiéndose una prueba acreditativa de dicha reducción al empleador. Este subsidio es compatible con el mantenimiento de otras actividades y la cuantía máxima a recibir será el importe mensual del SMI.
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